DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Sobre el numeral 3

“3.       Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal, PDM, el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial y el Plan de Uso de Suelos, PLUS, a los treinta (30) días de su presentación por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, incorporando la delimitación del radio urbano y rural de su jurisdicción, cuando el Concejo Municipal no se pronuncie en este plazo señalado, dichos planes y programas se darán por aprobados.

4.         Aprobar los planos de zonificación y valuación zonal o distrital, tablas de valores según calidad de vía del suelo, calidad y tipo de construcción, servicios y calzadas, así como la delimitación literal de cada una de las zonas urbanas y rurales detectadas en el proceso de zonificación, conforme a normas legales vigentes”.

En este marco, este Tribunal entiende que el término de “rural”, se enmarca únicamente a las competencias municipales anteriormente mencionadas; es decir, responde a la necesidad administrativa de distinguir las zonas urbanas para el ejercicio de la delimitación del radio urbano, plan de ordenamiento territorial o el uso de suelos, sin involucrar aquello que se encuentra fuera de la competencia municipal.