DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Artículo 137º (De la Creación de una Autonomía Indígena Campesina). I.

Artículo 137º (De la Creación de una Autonomía Indígena Campesina). I.  La decisión de constituir una autonomía indígena Originario Campesina se realizará de acuerdo a lo establecido en los artículos 2,30, 289 al 296 de la Constitución Política del Estado adoptará de acuerdo a las normas y procedimientos de consulta, conforme a los requisitos y condiciones establecidos por la Constitución y la ley.