DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

“Artículo 28º (De las elecciones).

“Artículo 28º (De las elecciones). Tanto las elecciones de las Concejalas y Concejales electos por sufragio universal, directo y secreto como la elección por usos y costumbres de las y los representantes ante el Concejo Municipal se deberán realizar con la mayor transparencia posible respetando para ello las normas vigentes, quedando encargado para dicho cumplimiento el Tribunal Departamental Electoral del Beni”.

Artículo 28º (De las elecciones). Tanto las elecciones de las Concejalas y Concejales electos por sufragio universal, directo y secreto  como la elección por usos y costumbres de las y los representantes ante el Concejo Municipal se deberán realizar con la mayor transparencia posible respetando para ello las normas vigentes, quedando encargado para dicho cumplimiento el Tribunal Departamental Electoral del Beni.