DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014

Fecha: 10-Mar-2014

art. 64.4

Por su parte, la constitucionalidad del art. 64.4 emana del propósito del gobierno municipal de promover, impulsar o coadyuvar la implementación en el municipio de este tipo de institutos, lo que no implica asumir una competencia en materia educativa, no conferida por la Constitución y que corresponde al nivel central del Estado (arts. 92.I y 93.IV.V).