DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014

Fecha: 10-Mar-2014

Articulo128. Distritos municipales.

De acuerdo al Artículo 27 y Articulo 28, de la ley marco de autonomías y descentralización, los distritos municipales son espacios desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales.

a)  Los Distritos Municipales del Municipio Autónomo Pluricultural de Cuatro Cañadas son unidades administrativas desconcentradas del Gobierno Autónomo Municipal, integradas territorialmente, y a las cuales deben adecuarse los servicios públicos.   Funcionan como categorías de agregación para la planificación participativa, en las cuales se podrán elaborar planes de desarrollo distrital y ejercer la administración desconcentrada a través de un Subalcalde/ subalcaldesa.