DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014

Fecha: 10-Mar-2014

Artículo 60. Regulación de servicios básicos.

Conforme al Artículo 302, numeral 40 de la Constitución política del estado, el Gobierno Autónomo Municipal, tiene la competencia exclusiva para regular los servicios básicos  de agua potable y alcantarillado, aseo urbano y otros, así como la aprobación de las tasas que correspondan en su jurisdicción municipal, cuando estos presten el servicio de forma directa

Artículo 60. Regulación de servicios básicos. Conforme al Artículo 302, numeral 40 de la Constitución política del estado, el Gobierno Autónomo Municipal, tiene la competencia exclusiva para regular los servicios básicos  de agua potable y alcantarillado, aseo urbano y otros, así como la aprobación de las tasas que correspondan en su jurisdicción municipal, cuando estos presten el servicio de forma directa.