DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014

Fecha: 10-Mar-2014

b) Benes sujetos a régimen jurídico privado.

b) Benes sujetos a régimen jurídico privado. Son bienes patrimoniales municipales sujetos a régimen jurídico privado, los que no están destinados a la prestación directa de un servicio público y que son administrados conforme a los principios del derecho privado, estos bienes comprenden: - Los activos de las empresas municipales.

La disposición de los bienes antes referidos será autorizada por ley del Estado plurinacional de Bolivia y ordenanza del Concejo Municipal. - Inversión de valores financieros: El Gobierno Autónomo Municipal podrá adquirir valores, siempre que su calificación de riesgo sea igual a la permitida para los fondos de pensiones. - Emisión de deuda municipal, el Gobierno Autónomo Municipal solo podrá emitir deudas cumpliendo con todas las normas que establece la ley del mercado de valores y su reglamento. - La emisión de títulos valores no contemplados en la ley del mercado de valores será obligatoriamente registrada en el ministerio de Economía y Finanzas Publicas. - Otros bienes, constituyen también patrimonio público municipal aquellos bienes      derechos y valores provenientes de los contratos de concesión. -De conformidad al Artículo 324 de la Constitución Política del Estado no prescriben las deudas por daños económicos causados al municipio.