DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014

Fecha: 10-Mar-2014

Artículo 57. Defensor del ciudadano.

El Gobierno Autónomo Municipal establece en su estructura organizativa la creación del defensor de los ciudadanos que habitan en la jurisdicción municipal, el mismo que estará encargado de la defensa de los derechos de la población del municipio. Este será designado por el Concejo municipal, de una terna propuesta por la sociedad civil, reglamentado mediante normativa específica.