DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 47.- Carrera Administrativa Municipal

1.  Conforme señala el art. 233 de la Constitución Política del Estado, son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento.

2.  Se instituye la Carrera Administrativa Municipal con el objetivo de promover la eficiencia y eficacia de la actividad administrativa al servicio de la sociedad, el desarrollo laboral de los servidores públicos municipales y la permanencia de estos está condicionado a su desempeño y evaluación, conforme a las leyes del nivel central y normas internas. La carrera administrativa municipal se articulará mediante el Sistema de Administración de Personal y se hará a través de un proceso de institucionalización.