DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015

Fecha: 16-Ene-2015

por lo dicho se declara la incompatibilidad con la Norma Suprema, del termino: “selección” del parágrafo II del art. 67 analizado.

El texto objeto de análisis refiere que: “En cumplimiento a lo establecido por la Ley 070 Avelino Siñani y Elizardo Pérez, en el municipio se deberá conformar el Consejo Educativo Social Comunitario, instancia que tendrá tuición de participar en los procesos de planificación, selección y medición de los maestros conforme señalan los arts. 90 y 91 y se organizaran conforme lo dispuesto por el artículo 92 de la norma citada”, de donde se colige que el “Consejo educativo Social Comunitario no participa en el proceso de selección y medición de maestros, razón que hace conforme la Ley de Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, por lo que el pretender regular este extremo contraviene a las competencias del nivel central del Estado que mediante el Ministerio de Educación hace esta selección de maestros, se incurra en una invasión competencial, por lo dicho se declara la incompatibilidad con la Norma Suprema, del termino: “selección” del parágrafo II del art. 67 analizado.