DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015

Fecha: 16-Ene-2015

el constituyente boliviano, prefirió, a diferencia de otros modelos, establecer un catálogo competencial para el nivel central del Estado y las ETA, las mismas que se encuentran determinadas en nueve listas distribuidas a partir del art. 298 al 304

Ahora bien, de la distribución de competencias realizadas en la Constitución Política del Estado, corresponde precisar que el constituyente boliviano, prefirió, a diferencia de otros modelos, establecer un catálogo competencial para el nivel central del Estado y las ETA, las mismas que se encuentran determinadas en nueve listas distribuidas a partir del art. 298 al 304 de la CPE, de acuerdo a la siguiente estructura:

De este catálogo competencias, cabe advertir que la Norma Suprema no establece competencias autónomas regionales debido a que de conformidad con lo previsto en el art. 280.III de la CPE: “…Sus competencias deben ser conferidas por dos tercios de votos del total de los miembros del órgano deliberativo departamental”.