DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015

Fecha: 16-Ene-2015

por lo que se declara la incompatibilidad del numeral 5 del art. 65 del Proyecto.

El art. 83.II.3 inc. d) de la LMAD, señala que son competencias de los gobiernos municipales autónomos: “Aprobar tasas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, cuando estos presten el servicio de forma directa”, advirtiéndose que se omitió hacer una correcta transcripción de la normativa prevista, omitiendo la última parte, pero la incompatibilidad no radica en ese hecho, sino en el que se trata de darle un sentido y significado diferente, que provoca una interpretación errónea de dicho artículo, consecuentemente esto genera un vicio de incompatibilidad manifiesta que contraviene los postulados de la Constitución Política del Estado y específicamente contraviene su art. 271, por lo que se declara la incompatibilidad del numeral 5 del art. 65 del Proyecto.