DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015

Fecha: 16-Ene-2015

por lo que se declara la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado de la frase: “

El órgano ejecutivo municipal debe circunscribir sus acciones y ejecuciones de acuerdo a su propia normativa a ser emitida para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, consecuentemente el señalar que el órgano ejecutivo al emitir los informes, proyectos o responder a solicitudes, y otros debe enmarcarse al Reglamento de Debates del Concejo Municipal contraviene el principio de independencia de cada órgano, y hace entrever que el órgano ejecutivo está subordinado al Concejo Municipal, consecuentemente este hecho no es admisible constitucionalmente, por lo que se declara la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado de la frase: “de conformidad con los plazos y modalidades establecidos en el Reglamento Interno de funcionamiento y de debates del Concejo Municipal” del numeral 14 del art. 38 del Proyecto.