DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

amerita declarar la incompatibilidad de la previsión, ante su falta de determinación de la materia que conlleva la pérdida de mandato del concejal titular; en consecuencia, el consultante deberá modificar la regulación, complementando el dato extrañado.

Como puede advertirse, la regulación analizada no toma en cuenta este tipo de supuestos que debe contener una norma sobre suplencia o sustitución de una autoridad electa dependiente del órgano deliberante; en ese marco, conforme se expuso en su oportunidad, de acuerdo al art. 9.2 de la CPE, la seguridad es fin y función esencial del Estado; en ese marco es necesario que los actos de la administración pública municipal, se sustenten en normas que brinden claridad y rigurosidad, a objeto de evitar arbitrariedades provenientes de ambigüedades normativas; en el caso analizado, la norma cuestionada, vulnera el principio de seguridad jurídica, dada su evidente indeterminación normativa…”; en consideración al fundamento que precede, amerita declarar la incompatibilidad de la previsión, ante su falta de determinación de la materia que conlleva la pérdida de mandato del concejal titular; en consecuencia, el consultante deberá modificar la regulación, complementando el dato extrañado.