DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

I.

I. La suplencia temporal procederá cuando la concejala o concejal titular, se ausente en forma temporal, por motivos de comisión, licencia, o en caso de haber sido elegida o elegido Alcaldesa o Alcalde Municipal interino, asumirá el suplente de inmediato, de acuerdo al Reglamento General del Concejo Municipal.

I. El GAM-PI, mediante una Ley Municipal de Desarrollo Económico Productivo, promueve el desarrollo productivo sostenible, con el uso adecuado de recursos hídricos, sus potencialidades genéticas, y el uso y manejo adecuado de sus suelos; con la finalidad de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de todas las personas del territorio, con mayor acceso a los mercados de consumo

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, mediante ley municipal, establecerá la regulación de la extracción, aprovechamiento y la explotación racional y sustentable de los recursos naturales como ser: áridos, agregados, turbas, piedras y otros. Además de establecer las restricciones parciales y absolutas, dentro un mapeo del municipio y equilibrio ecológico, en coordinación con las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesino, de la jurisdicción municipal.

I. El Gobierno Autónomo Municipal Palca Illimani, reglamentará y ejecutará en coordinación con otras entidades territoriales autónomas, el control de acciones del manejo de residuos sólidos, que de forma directa o indirecta que atente contra la salud humana, vida animal y vegetal; considerando los siguientes aspectos:

I. El Gobierno Autónomo Municipal podrá: Constituir, participar en empresas públicas o mixtas, para la ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones municipales con recursos públicos, siempre y cuando éstas no puedan ser prestadas mediante administración privada. Pudiendo llegarse a disolver en caso necesario.

 I. La Gaceta Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, es la instancia responsable de la clasificación, sistematización y difusión de las normativas emanadas del Órgano legislativo y del Órgano Ejecutivo, en versión impresa. Además de su remisión en su página Web, de acuerdo a normativa municipal.

I. El Gobierno Autónomo Municipal Palca Illimani, implementará el Tesoro Municipal en sujeción a los principios, normas y procedimientos aprobados por el Órgano Rector del nivel central de Gobierno, responsable de las finanzas públicas conforme a la Ley en vigencia, bajo la dependencia del Órgano Ejecutivo.

6.  Multas por transgresiones a disposiciones municipales para empresas, unidades económicas, actividades domésticas, sociales e industriales, obras y proyectos que contaminen el medio ambiente, a fin de preservar y conservar el medio ambiente, fauna silvestre y recursos naturales. El grado de afectación se basara en las normas medio ambientales nacionales.

I. El Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) del Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, debe ser elaborado en el primer trimestre del periodo de gobierno, como instrumento de cumplimiento de la gestión municipal. El incumplimiento de esta norma, será sujeto a demanda legal por incumplimiento de deberes o revocatorio de mandato.

I. El Gobierno Autónomo Municipal, la sociedad y la familia dentro de sus respectivos ámbitos, son corresponsables de la adopción de las medidas políticas, económicas, jurídicas, legislativas, administrativas, sociales, culturales y educativas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

I. El Gobierno Autónomo Municipal y la sociedad organizada, garantizan políticas de prevención, protección, promoción y activa participación de las jóvenes y los jóvenes en el desarrollo productivo, político, social, económico y cultural, sin discriminación alguna, de acuerdo a la Constitución Política del Estado Plurinacional y Leyes en vigencia.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, a través de sus instituciones, promoverá la equidad de género de toda persona, priorizando visualizará a la mujer en atención a su rol protagónico en la sociedad, mediante políticas de prevención, protección y atención integral, libre de estereotipos culturales.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, reconoce a las personas con diferente orientación sexual como sujetos de derechos y obligaciones, como lo establece la Constitución Política del Estado, y promueve el respeto a sus derechos y su participación social, económica, política y cultural, en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna.

I. El Gobierno Autónomo Municipal, garantiza la participación de minorías y la defensa de sus derechos en el órgano deliberativo, conforme a las previsiones estipuladas en la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, se reconocerá como Distrito Municipal Indígena Originaria Campesino, elaborará su plan de desarrollo integral, en coordinación con el Gobierno Autónomo Municipal, para su implementación y su administración descentralizada.

I. El GAM-PI, se relacionará con instituciones privadas o públicas de otros niveles de gobierno (Nacional, Departamental y Municipal), las cuales se regirán por los principios de coordinación, cooperación y lealtad institucional, en el marco de las competencias que hayan asumido, que permita encarar la implementación de las competencias compartidas y concurrente, para lograr un óptimo funcionamiento e interconexión entre los distintos órganos del Estado.

I. El control social se ejercerá a todos los niveles de los Órganos Legislativo y Ejecutivo Municipal en la Administración Pública del Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, las empresas e instituciones públicas municipales, así como las empresas privadas que presten servicios o que administren recursos fiscales y/o recursos naturales.

I. La reforma total o parcial de la presente carta orgánica municipal de Palca Illimani, requiere la aprobación por dos tercios (2/3) del total de los miembros de su órgano deliberativo, la misma se sujetará al control de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional Plurinacional y posteriormente será sometido a referendo aprobatorio, por la ciudadanía del municipio.

2. El GAM-PI, tendrá la responsabilidad de apoyar la educación y la cultura, a través de la elaboración de políticas públicas destinadas a reforzar y mejorar los recursos infraestructurales, humanos, técnicos y científicos, para garantizar el libre acceso de las y los ciudadanos a oportunidades de educación.

2. El GAM-PI y la sociedad civil, asumirán como política de lucha contra la corrupción aplicando instrumentos como la declaración jurada de bienes para la prevención, investigación, procesamiento y sanción, de los actos de corrupción de los servidores y servidoras municipales en el ejercicio de sus funciones.