DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

declarar la incompatibilidad de la previsión, por no responder al mandato constitucional establecido para la participación y control social; debiendo excluirse la regulación de proyecto de norma institucional básica.

A la luz del entendimiento anterior y en reguardo a los principios de independencia y autonomía que informan la labor de la participación y control social, no es competencia de ningún nivel de gobierno, establecer la estructura y definir las labores o tareas que debe realizar este poder social…”; conforme al entendimiento anterior, puede afirmarse que la participación y control social al regirse por los principios de independencia y autonomía, no recibe ningún tipo de orden o instrucción del sector público, por lo tanto, tampoco este sector puede avocarse la labor de este poder social, como ocurre en la norma observada, ya que faculta el gobierno municipal de Palca, a ejercer el control social sobre el personal de salud, tarea que generaría en esa instancia gubernamental un evidente conflicto de intereses, al revisar sus propios actos y operaciones ejecutados en la gestión de ese sistema, afectando a la transparencia de la labor de control; ese sentido, amerita declarar la incompatibilidad de la previsión, por no responder al mandato constitucional establecido para la participación y control social; debiendo excluirse la regulación de proyecto de norma institucional básica.