DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

declarar la incompatibilidad del proyecto de norma, hasta que el consultante complemente el sentido de la norma, de modo que aluda a la percepción de recursos regalitarios por tratarse de un municipio productor de minerales; en cuya tarea deberá suprimirse el término: “Illimani”, ligado al Gobierno Municipal de Palca.

En consecuencia bajo la actual política fiscal, los gobiernos autónomos municipales, no perciben directamente recursos por regalías mineras, sino transferencias financieras provenientes de esa fuente correspondiente a nivel departamental del gobierno respectivo…”; entonces bajo el entendimiento anterior y de acuerdo al pacto fiscal vigente, los gobiernos municipales, perciben recursos de origen regalitario, solo cuando en la jurisdicción municipal que gobiernan, se produce la explotación de yacimientos mineralógicos; origen o fuente de explotación que no contempla la previsión observada; en ese marco corresponde declarar la incompatibilidad del proyecto de norma, hasta que el consultante complemente el sentido de la norma, de modo que aluda a la percepción de recursos regalitarios por tratarse de un municipio productor de minerales; en cuya tarea deberá suprimirse el término: “Illimani”, ligado al Gobierno Municipal de Palca.