DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

art. 94.II

Las demás previsiones normativas contenidas en este título, son compatibles con principios, valores, fines y/o preceptos de la Constitución Política del Estado. En cuanto al art. 94.II éste será aplicado entendiendo que el órgano deliberante, se limitará a emitir una ley, que regule de manera general este tipo de transferencias, toda vez que siendo un órgano fiscalizador por excelencia, no puede realizar actos de ejecución concernientes a la gestión municipal, los que son de entera responsabilidad del ejecutivo municipal; a su turno, sobre el art. 97.I.10 debe considerarse que la compatibilidad de esta previsión pasa por asumir que de acuerdo al actual pacto fiscal, esta fuente de recursos corresponde solamente a aquellos municipios en cuyo territorio se realiza la explotación o aprovechamiento de yacimientos mineros.