DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

Artículo 127° (Catastro Urbano).

Artículo 127° (Catastro Urbano). El Gobierno Autónomo Municipal de Palca Illimani, regulara mediante ley municipal, los mecanismos de organización, administración, operación y actualización del catastro urbano, para diversas finalidades, cumpliendo con los parámetros técnicos establecidos por el nivel central del Estado, cuando así corresponda. Estas unidades podrán ser desconcentradas en los distritos municipales de la jurisdicción del municipio”.