DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2017

Fecha: 15-Nov-2017

Articulo 108º

Articulo 108º (Plan de Ordenamiento Territorial Municipal). El Gobierno Autónomo Municipal Palca, a través de una Ley Municipal, elaborará el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, en base a los criterios técnicos, legales y normas y procedimientos propios ancestrales existentes en el municipio.  Toma en cuenta, para la elaboración, la existencia de sus ecosistemas presentes en su territorio lo ecológico, así como la preservación de los suelos productivos.