SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020

Fecha: 25-Nov-2020

Constitución de 1945

La Constitución de 1945, estableció que el Congreso conocería la acusación contra el Presidente y Vicepresidente de la República, Ministros de Estado, Agentes Diplomáticos y Contralor General de la República, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones (art. 61.12), mientras que los magistrados de la Corte Suprema, se someterían a acusación por parte de la Cámara de Diputados ante la Cámara de Senadores, remitiéndose a la Ley de Responsabilidades (arts. 68 y 72.1), pero sin mención alguna acerca de una suspensión, salvo la garantía que fuere desarrollada en casos anteriores.