SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020

Fecha: 25-Nov-2020

Votación

Votación. Concluida la deliberación, serán sometidos a votación los proyectos de recomendaciones que se hubiesen presentado, siendo adoptada como decisión de la referida instancia, el proyecto que cuente con la mayoría de votos exigidos y debiendo la Presidente de la Comisión, disponer las medidas necesarias para su cumplimiento.

Votación. Una vez concluido el debate, el Presidente de la Cámara de Diputados, someterá el Proyecto de Acusación a votación, el que será adoptado como decisión de la Cámara, si cuenta con el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los miembros presentes. Caso contrario, se tendrá por rechazado y se declarará extinguida la acción disciplinaria debiendo procederse al archivo de obrados.

No podrán intervenir en la votación los miembros Titulares o Suplentes de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado, de la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral y de la Comisión de Derechos Humanos[59] que hubieren intervenido en el desarrollo de la etapa preparatoria.