SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020

Fecha: 25-Nov-2020

Constitución Política de 1826

De acuerdo con este tipo de control, la Cámara de Censores tenía la atribución exclusiva de acusar ante el Senado de la República al Vicepresidente y Ministros de Estado, dándose aplicación al art. 56 de la citada Constitución, que señalaba: “Luego que en juicio nacional se decrete que ha lugar a la formación de causa al Vicepresidente o a los Ministros de Estado, quedarán éstos en el acto suspensos de sus funciones, y las cámaras pasarán todos los antecedentes a la Corte Suprema de Justicia, la cual conocerá exclusivamente de la causa; y el fallo que pronunciare se ejecutará sin otro recurso” (el subrayado es nuestro).