SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020

Fecha: 25-Nov-2020

III.7.1. Del alcance y contenido de los derechos políticos según el corpus iuris en materia de derechos humanos

Los derechos políticos encuentran su origen en el liberalismo clásico o dentro de los llamados derechos de primera generación constitucional, como medio de procurar la limitación del poder estatal, y para asegurar y garantizar al hombre la vigencia de sus derechos a través de la realización de la libertad política. No obstante ello, los derechos políticos adquieren mayores connotaciones con la segunda etapa del constitucionalismo; es decir, con el advenimiento del llamado constitucionalismo de la posguerra o social, o derechos de segunda generación, ampliándose sus categorías de protección al concepto de democracia, donde al pueblo como titular de la soberanía, se le reconoce el derecho a la participación directa en los asuntos públicos, toda vez que, asumiendo aquella clásica de que “los principios de reconocimiento y protección de los derechos y libertades fundamentales son el núcleo de la democracia constitucional”.