SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020

Fecha: 25-Nov-2020

III.7.2. Del contenido y alcance del debido proceso: Sus elementos presunción de inocencia, y juicio previo y debido

El debido proceso en sus distintas dimensiones, tanto la jurisprudencia constitucional como en la pronunciada en el sistema universal e interamericano de protección de derechos humanos, asume al debido proceso como un principio, un derecho y una garantía jurisdiccional, conforme establecen las siguientes normas constitucionales previstas en el art. 115.II de la CPE, que define que: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”; y en el art. 117 de la Norma Suprema, se establece: