SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2020

Fecha: 25-Nov-2020

la Constitución de 1871

En la Constitución de 1871, conforme al art. 59, el juzgamiento a magistrados de la Corte Suprema, nuevamente recae en el Consejo de Estado previa acusación aprobada por la Asamblea, previendo también el art. 83 de la misma Ley Fundamental, que ninguna autoridad judicial será suspendida, salvo los casos determinados por la ley.