CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2019. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SÉPTIMO, OCTAVO, NOVENO, DÉCIMO, DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO TERCERO, DÉCIMO QUINTO, DÉCIMO SÉPTIMO, DÉCIMO NOVENO Y VIGÉS
Fecha: 13-Ene-2023
Que Se Lleve A Cabo Un Análisis Ponderado Del Caso Concreto Bajo La Apariencia Del Buen Derecho
"Por otra parte, el artículo 148 de la Ley de Amparo regula los efectos de la suspensión cuando se otorgue respecto de normas generales, reclamadas como autoaplicativas o con motivo de un acto de aplicación; sin embargo, tal disposición debe interpretarse conjuntamente con la disposición constitucional que prevé los requisitos para la procedencia de la suspensión y, en consecuencia, el precepto legal referido sólo puede tener aplicación cuando la suspensión sea procedente conforme al artículo 107, fracción X, constitucional, así como a los diversos 128 y 138 de la Ley de Amparo.
"En el caso concreto, la parte quejosa reclama esencialmente la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, emitida mediante el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de noviembre de dos mil dieciocho y solicitó la suspensión para que no se aplique en su perjuicio el límite a las remuneraciones consistente en el monto de la remuneración del presidente de la República y, en consecuencia, no se redujera el importe de la remuneración que había venido percibiendo hasta el momento de presentar la demanda de amparo así como para que se le paguen las remuneraciones nominales y adicionales percibidas conforme al Presupuesto de Egresos de dos mil dieciocho y no se disminuya la misma en el ejercicio fiscal dos mil diecinueve y siguientes; además, para que los impuestos derivados de sus remuneraciones continúen siendo pagados por la dependencia en la que presta sus servicios por ser un logro laboral y para que no se le apliquen las disposiciones que tipifican como delito la recepción de montos mayores al límite referido.
"Esto es, la suspensión se solicitó, en síntesis, para que no se apliquen a la parte quejosa ni el límite de la remuneración del presidente de la República ni la fijación anual de la remuneración en el Presupuesto de Egresos de la Federación, ni las disposiciones que tipifican delitos en la propia Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
"En consecuencia, la procedencia de la suspensión, en el caso, está condicionada a que la parte quejosa acredite los requisitos precisados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, aun cuando la parte quejosa solicitó la suspensión (requisito 1), existe certidumbre sobre la existencia y vigencia de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (requisito 2) y ésta es de naturaleza positiva y, por tanto, podría ser susceptible de suspensión (requisito 3), no puede considerarse que se actualice el cuarto requisito consistente en que la concesión de la suspensión no contravenga disposiciones de orden público ni afecte el interés social.
"Lo anterior porque, respecto del límite a las remuneraciones de los servidores públicos fijado en la remuneración prevista para el presidente de la República, así como respecto del principio de anualidad en la fijación de las remuneraciones de los servidores públicos y su determinación en el Presupuesto de Egresos, la ley de remuneraciones sólo reproduce las disposiciones que, al respecto, contiene el artículo 127 constitucional y, por ese motivo, no puede considerarse contraria al Texto Constitucional; lo anterior puede advertirse del siguiente cuadro comparativo (se modificó el orden de las fracciones del Texto Constitucional para que coincidan con los párrafos respectivos de la ley reclamada):
- Resultando
- Considerando
- Se Transcribe
- Artículo Se Transcribe
- Conceptos De Violación Estudio Innecesario De Los Se Transcribe
- Para Ello La Suspensión Definitiva Deberá Otorgarse Para Los Siguientes Efectos
- Por Ende Solicita Sea Revocado El Acuerdo Recurrido
- Lo Anterior Tiene Apoyo En La Jurisprudencia Aj A Cuyos Rubro Y Texto Son
- Primero Se Transcribe
- Actos De Inminente Realización Se Transcribe
- Actos Futuros Se Transcribe
- Del Precepto Legal Invocado Se Advierte Que
- A Las Percepciones Ordinarias Incluyen La Totalidad De Los Elementos Fijos De La Remuneración
- Por Tanto Son Infundados Los Argumentos En Estudio
- Suspensión Nociones De Orden Público Y De Interés Social Para Los Efectos De La
- Es Estos Aspectos Tampoco Asiste Razón A La Autoridad Recurrente
- Así Las Cosas Deben Declararse Infundados Los Argumentos Que Se Analizan
- Dichos Argumentos Devienen Inoperantes Como A Sic Se Explica A Continuación
- Los Argumentos Sintetizados Son Infundados Por Los Motivos Que Se Exponen A Continuación
- Sic Argumentos Sintetizados Son Infundados Por Los Motivos Que Se Exponen A Continuación
- En Ese Sentido Lo Que Procede Es Declarar Infundado El Presente Recurso De Queja
- A De Las Cámaras De Diputados Y Senadores Del Congreso De La Unión
- C Del Director General De Administración De La Comisión Federal De Competencia Económica
- Esta Decisión Se Sustentó En Los Razonamientos Siguientes
- La Parte Quejosa Solicitó La Medida Suspensional
- No Se Contravenían Las Disposiciones De Orden Público Ni Se Causaba Perjuicio Al Interés Social
- Para Explicar La Inoperancia De La Aludida Pretensión Se Tiene En Cuenta Lo Siguiente
- Sin Que Asista Razón A La Recurrente Cuando Aduce Lo Siguiente
- Séptimoestudio Del Caso
- Efectos Restitutorios De La Medida Cautelar
- Respecto De Actos Consumados No Procede La Suspensión
- La Medida Cautelar Privilegia El Interés Particular Sobre El Colectivo
- Los Argumentos Son Infundados
- I Naturaleza De La Suspensión De Los Actos Reclamados En Un Juicio De Amparo
- Ii Requisitos Para El Otorgamiento De La Medida Cautelar
- Son Infundados Esos Argumentos
- De Ahí Que No Exista Base Para Determinar Que Se Está Frente A Actos Futuros E Inciertos
- Sin Embargo Esa Garantía Sólo Opera Cuando Se Causa Daño O Perjuicio A Un Tercero
- Resultan Desacertados Tales Argumentos
- Los Argumentos De Agravio En Estudio Son En Parte Infundados Y En Otra Ineficaces
- Suspensión Del Acto Reclamado Concepto De Orden Público Para Los Efectos De La Se Transcribe
- En Forma Esencial Argumenta La Autoridad Recurrente Que
- Que No Se Siga Perjuicio Al Interés Social Ni Se Contravengan Disposiciones De Orden Público
- Al Respecto Este Tribunal Colegiado Estima Que
- En Consecuencia Procede Declarar Infundado El Recurso
- Lo Anterior Resulta Infundado
- Le Asiste El Calificativo De Infundado En Parte E Inoperante A Lo Anterior
- B La Previsión De Los Requisitos Necesarios Para Ocupar El Cargo
- De Ahí Lo Infundado Del Agravio En Estudio
- Lo Anterior Resulta Infundado En Parte E Inoperante En Otra
- En Torno A Lo Referido Se Invocan Las Siguientes Tesis
- Ii Que No Se Siga Perjuicio Al Interés Social Ni Se Contravengan Disposiciones De Orden Público
- En El Caso El Quejoso Solicitó La Suspensión Para Los Efectos Siguientes
- Revisión Legitimación Para La Procedencia Del Recurso De Examen Previo Se Transcribe
- Que El Promovente Sea Parte Del Juicio De Garantías Y
- Efectos Precisos Que Deben Darse A La Suspensión
- Que Tales Actos Reclamados Sean Susceptibles De Suspenderse
- Que Se Lleve A Cabo Un Análisis Ponderado Del Caso Concreto Bajo La Apariencia Del Buen Derecho
- Además El Artículo Apartado B Fracción Iv Constitucional Establece
- B Entre Los Poderes De La Unión Y Sus Trabajadores
- Y Además La Parte Quejosa No Se Ubica En Dicho Supuesto
- Quintola Recurrente En Su Primero Y Segundo Agravios Aduce En Esencia Que
- En El Sexto Concepto De Agravio La Recurrente Aduce En Esencia Que
- A Consideración De Este Tribunal Colegiado Los Quejosos Sí Acreditaron Su Interés Suspensional
- Es Aplicable A Lo Anterior La Jurisprudencia Aj A Cuyo Texto Es
- Los Actos Que Reclamaron Los Amparistas En Su Escrito De Demanda Los Cuales Consistieron En
- Con La Finalidad De Demostrar Lo Anterior Se Estima Necesario Realizar Las Siguientes Precisiones
- En El Agravio Tercero La Recurrente Argumenta Que
- Los Motivos De Disenso Son Ineficaces Por Las Consideraciones Que En Seguida Se Expondrán
- Interés Social Y Disposiciones De Orden Público Su Apreciación Se Transcribe
- Suspensión Nociones De Orden Público Y De Interés Social Para Los Efectos De La Se Transcribe
- Es Estos Aspectos Tampoco Asiste La Razón A La Autoridad Recurrente
- Suspensión Se Transcribe
- Suspensión En El Incidente De No Pueden Resolverse Cuestiones De Fondo Se Transcribe
- Por Su Parte En El Cuarto Agravio Refiere Que
- En La Similar Línea Argumentativa En El Quinto Concepto De Agravio Refiere Que
- Los Argumentos Sintetizados Son Inatendibles
- Cuartoexistencia De Sic Contradicción De Criterios
- Primer Requisito Ejercicio Interpretativo Y Arbitrio Judicial
- Segundo Requisito Punto De Toque Y Diferendo De Criterios Interpretativos
- A Inexistencia De Contradicción
- B Existencia De Contradicción
- Por Lo Anterior Se Satisface La Primera Hipótesis Para La Existencia De La Contradicción De Tesis
- Lo Anterior En Términos Del Artículo Fracción I De La Citada Ley Que En Lo Conducente Señala
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se