DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016

Fecha: 19-Sep-2016

ARTÍCULO 78. PROTECCIÓN DEL ADULTO MAYOR.-

ARTÍCULO 78. PROTECCIÓN DEL ADULTO MAYOR.- I. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Rivero, a través de sus instituciones, buscará dotar de una vejez digna a todas las personas mediante políticas de prevención, protección y atención integral priorizando la atención de las y los adultos mayores, tendiente a la revalorización, integración, participación social, política, cultural y el trato preferencial en el uso y prestación de servicios públicos municipales, Para el pleno ejercicio de los derechos que les reconoce la Constitución Política del Estado y las Leyes, brindará protección a las personas adultas y adultos mayores contra toda forma de explotación, discriminación, trata de personas, abandono, violencia, pobreza y sus efectos.