DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016

Fecha: 19-Sep-2016

III.-

Sobre la regulación estipulada en el art. 18, por la cual el estatuyente define que el gobierno municipal está basado en la jurisdicción territorial por decisión del habitante de ese municipio, cabe aclarar que el modelo de administración del Estado, los órganos que gobernarán y la organización territorial no han sido consagradas por la Norma Suprema, y por decisión del habitante del municipio, sino por voluntad del constituyente por lo cual el art. 18.I y III presenta imprecisiones que merecen análisis.