DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Autonomía

Sobre la base de las normas citadas, se concluye que la autonomía se encuentra diseñada como la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial departamental, municipal, regional, IOC, que solo es atribuible a la entidad territorial, como se tiene demostrado por los fundamentos legales descritos; ahora bien, en el presente caso el proyecto objeto de análisis atribuye dicha cualidad a unidad territorial determinando como autónomo al municipio o UT, lo que resulta contrario a las previsiones antes descritas.

En cuanto a la asunción de la cualidad gubernativa por parte del municipio de Villa Rivero, corresponde señalar que los gobierno autónomos municipales, adquieren la condición de autónomos al momento de su creación, por lo tanto no se requiere requisito o procedimiento previo alguno para constituirse en autónomo, en ese sentido, no le compete al estatuyente determinar esa cualidad ni para la UT ni para la ETA, sino la asunción de dicha cualidad.