DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Artículo 132º (Obligatoriedad de Investigación de las Denuncias)

Son llamados por Ley todas las autoridades ediles, policiales, judiciales y otras instancias en el marco de sus atribuciones institucionales conferidas por ley, desarrollar o procesar las denuncias de actos de corrupción, caso contrario serán sometidos por incumplimiento de deberes y otras faltas tipificados según corresponda por ley