DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014

Fecha: 13-Nov-2014

numeral 13

Según el numeral 13 del artículo que se analiza, los habitantes del municipio de Antequera, tiene el deber y la obligación de “…interponer los recursos administrativos y judiciales…” a objeto de defender los derechos reconocidos en lo que ahora es el proyecto de Carta Orgánica Municipal; sin embargo, conforme estipula el art. 180.II de la CPE, la impugnación constituye un principio de la jurisdicción ordinaria; empero, la vasta y uniforme jurisprudencia constitucional desarrollada por este Tribunal Constitucional Plurinacional, ha establecido que cuando el constituyente alude al principio de impugnación, quiso referirse al derecho de impugnar las  resoluciones judiciales y administrativas; por lo tanto, la interposición de todo recurso, constituye derecho fundamental de toda persona sometida a un proceso, indistintamente si es judicial o administrativo.