DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014

Fecha: 13-Nov-2014

“Artículo 61º

El Proyecto de Carta Orgánica que se examina expresa la pérdida de titularidad, cuando corresponde la pérdida de mandato; asimismo, manifiesta que procederá el mismo por abandono por más de tres días de trabajo continuos y seis discontinuos, sin establecer el periodo,  como se tiene expresado en el art. 157 de la CPE, dispone que: “El mandato de asambleísta se pierde por fallecimiento, renuncia, revocatoria de mandato, sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales o abandono injustificado de sus funciones por más de seis días de trabajo continuos y once discontinuos en el año, calificados de acuerdo con el Reglamento”.