DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Artículo 65º (Elección y Posesión de la Directiva y Responsables de las Comisiones

I.       En la primera sesión ordinaria del concejo municipal debe ser elegido su Directiva, por un periodo anual, según establece el Reglamento interno del ente legislativo. Posteriormente al inicio de cada periodo anual el Concejo Municipal debe renovar su Directiva de forma parcial o total o ratificar a la anterior directiva. Este proceso debe ser decidido por el voto afirmativo del 50% más uno de sus miembros del plenario y expresado en Resolución Municipal.

II.      De igual forma el pleno del concejo municipal debe organizar sus comisiones de trabajo permanente y especial por un periodo de un año calendario, y de acuerdo a sus necesidades institucionales y parámetros establecidos en su Reglamento Interno. Su renovación o ratificación parcial o total, obedecerá a las necesidades institucionales del ente legislativo.