DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Artículo 76º (Cargos de Libre Nombramiento y Remoción)

I.  La naturaleza de los cargos de libre nombramiento y remoción no cambia por ser designados con base en la comprobación del mérito. El Gobierno Autónomo Municipal de Antequera debe reglamentar el proceso técnico y administrativo de designación con norma municipal, respetando derechos constitucionales.

         En artículo objeto de análisis  expresa el su nomen juris Cargos de Libre Nombramiento y Remoción, de la misma forma de manera contradictoria señala los requisitos para ser designados, pretendiendo que la designación y el libre nombramiento tengan las mismas características, las cuales se encuentran reconocidos por la Norma Suprema como expresa en su art. 233 que determina “Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”.

         Por otro lado, la exigencia de requisitos detallados en el parágrafo II, numerales del  art. 6, 7, 8 y 10 del art. 77 del proyecto en análisis, es evidente que es contrario a los arts. 26.I, 233 y 234 de CPE; razón por la cual con la finalidad de otorgar seguridad jurídica se hace viable determinar su incompatibilidad del todo.