DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014

Fecha: 13-Nov-2014

El parágrafo III del art. 51,

El planteamiento del parágrafo señalado  omite considerar que la gestión de los sistemas de educación y salud se constituyen, conforme dispone el art. 299.II.2 de la CPE, en una competencia de carácter concurrente; vale decir, que en este caso, el nivel central emite la ley sectorial y, el ejercicio de las facultades ejecutiva y reglamentaria corresponden a las ETAs; por lo tanto, se debe dejar establecido que la concurrencia de las competencias no se da entre las ETAs -como denota la norma que se analiza-, sino de éstas con el nivel central del Estado.