DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Artículo 48º.- (De las sesiones)

Artículo 48º.- (De las sesiones) Las sesiones Plenarias del Concejo Legislativo Municipal, se realizarán en un setenta y cinco  por ciento (75%) en su sede oficial y  veinticinco por ciento (25%) en los distritos municipales y naciones o pueblos indígena originario campesino del Municipio, anualmente.