DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Artículo 97º.- (De la obligatoriedad de coordinación)

Artículo 97º.- (De la obligatoriedad de coordinación) Se establece la obligatoriedad de los órganos Legislativo y Ejecutivo Municipal, coordinar con las naciones y pueblos indígena originario campesinos y organizaciones e instituciones constituidas legalmente de la sociedad civil, para el ejercicio de la Participación Ciudadana y Control Social.

Artículo 97º.- (De la obligatoriedad de coordinación) Se establece la obligatoriedad de los órganos Legislativo y Ejecutivo Municipal, coordinar con las naciones y pueblos indígena originario campesinos y organizaciones e instituciones constituidas legalmente de la sociedad civil, para el ejercicio de la Participación Ciudadana y Control Social.