DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015

Fecha: 05-Nov-2015

legislativas, fiscalizadoras y deliberativa para los órganos legislativos y las ejecutivas y reglamentarias para los órganos ejecutivos

Por otro lado, los parágrafos I, II y III del art. 6 analizado, son contrarios a los arts. 272, 283 y 285 de la CPE, pues confunden las facultades asignadas constitucionalmente a las autonomías municipales como son las legislativas, fiscalizadoras y deliberativa para los órganos legislativos y las ejecutivas y reglamentarias para los órganos ejecutivos, de cuya aplicación, se desprenden las atribuciones desarrolladas por las autoridades de su gobierno a fin de implementar políticas públicas en beneficio del ciudadano, como normar, resolver controversias y otros, en el marco del catálogo competencial asignado.