DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2015

Fecha: 05-Nov-2015

declara los valores, principios y la que ejerce competencias

En el análisis del art. 2 del proyecto de Carta Orgánica, se dejó establecido con meridiana claridad, la diferencia entre la ETA, conformada por los órganos de gobierno y titular de las facultades asignadas constitucionalmente, y la unidad territorial, que es la jurisdicción territorial sobre la que tiene vigencia y aplicación esas facultades. En los arts. 6.I.1 y II.2 de la LMAD, el legislador plurinacional procede a estas precisiones, consiguientemente, es la ETA a través del gobierno municipal la que declara los valores, principios y la que ejerce competencias, no siendo el “municipio de Atocha” quien lo hace como refiere el texto observado del art. 21.II y el desarrollo del inc. a).