DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014

Fecha: 06-May-2014

Artículo 139. (Competencias exclusivas en desarrollo humano)

Artículo 139. (Competencias exclusivas en desarrollo humano) En el marco jurídico constitucional y los alcances establecidos en la ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Gobierno Autónomo Municipal tiene facultades legislativas, reglamentarias y ejecutivas sobre las siguientes competencias exclusivas en desarrollo humano: