DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014

Fecha: 06-May-2014

III.52.2.1.Del juicio de constitucionalidad de la Disposición Transitoria Segunda

Por su parte el art. 275 de la CPE, refiere que: "Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales, elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica, que será aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción".