DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014

Fecha: 06-May-2014

"Artículo 74 (Suspensión temporal

"Artículo 74 (Suspensión temporal) La suspensión temporal del    Alcalde se realizará en los siguientes casos: 2. Por Resolución del Concejo Municipal que declare la responsabilidad administrativa del Alcalde Municipal o la Alcaldesa, procesado de acuerdo a las normas de control del nivel central y del Reglamento Interno".