DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014

Fecha: 06-May-2014

"Artículo 93. (Mercados campesinos) I.

"Artículo 93. (Mercados campesinos) I. El Gobierno Municipal, implementara la infraestructura necesaria para los mercados de las comunidades interculturales en las áreas urbanas del municipio con el objeto de facilitar la comercialización e intercambio de productos. II. La administración de los mercados se realizará de acuerdo a reglamento aprobado por Ordenanza Municipal".