DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 28. (INTENDENCIA MUNICIPAL).

I.      La Intendencia Municipal es una instancia pública municipal, constituida para coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y ejecución de las competencias municipales establecidas en la Constitución Política del Estado y así como para el cumplimiento de las normas municipales emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Humanata.

III.  La Intendencia Municipal es la encargada de ordenar, regular y controlar los mercados, ferias, establecimientos y comercio en vías públicas, control de higiene, sanidad e inocuidad alimentaria, venta de productos sin registro sanitario, venta de bebidas alcohólicas, coadyuvar con la guardia municipal en el orden público del Municipio.