DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Fragmento 156

Asimismo, la SCP 2055/2012, respecto de este artículo estableció que la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”constituye la norma cualificada para la regulación del régimen autonómico, por lo que en virtud del citado precepto constitucional así interpretado, corresponde señalar que uno de los principios que rigen la organización territorial y a las ETA es precisamente el principio de autogobierno instituido por el    art. 5 y 6 de la LMAD, el cual señala: “…En los departamentos, las regiones, los municipios y las naciones y pueblos indígena originario campesino, la ciudadanía tiene el derecho de dotarse su propia institucionalidad gubernativa y elegir directamente a sus autoridades en el marco de la autonomía reconocida por la Constitución Política del Estado”.