DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 71. (SISTEMA DE CONTROL GUBERNAMENTAL).-

II.  El Gobierno Autónomo Municipal de Humanata o cualquier ciudadano del Municipio, podrán solicitar el control externo a la Contraloría General del Estado, conforme lo establece la Constitución Política del Estado, el control gubernamental de la administración pública de la gestión municipal de Humanata.

III. Auditoría posterior a los resultados e impactos desarrollados por el Gobierno Autónomo Municipal de Humanata, para el cual dispondrá de toda la información de forma oportuna, requerida por el ente fiscalizador. Sus resultados y recomendaciones deben ser tomados en cuenta por las Autoridades municipales y de participación y control social para mejorar la gestión pública municipal.