DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

incompatibilidad del término: “territorio” del parágrafo I del art. 43 del proyecto de Carta Orgánica Municipal

En este entendido, conforme al citado entendimiento jurisprudencial, las Concejalas y Concejales se eligen en circunscripción municipal establecidas por criterios de población; sin embargo, en el art. 43.I del proyecto de Carta Orgánica Municipal, el estatuyente ha previsto la elección de estas autoridades por criterios de territorio, aspecto que contradice los preceptos constitucionales citados en el entendimiento jurisprudencial, motivo por el cual se debe declarar la incompatibilidad del término: “territorio” del parágrafo I del art. 43 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, debiendo ser suprimido el mismo.