DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

IV. Vencido el período de prueba, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, la Comisión elevará un informe final ante el Concejo Municipal que, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, emitirá Resolución declarando procedente o improcedente la denunciaron el voto afirmativo del cincuenta más uno de sus miembros del pleno, definiendo fundamentalmente las causas y el tiempo de suspensión temporal. En caso de improcedencia, se archivará los obrados

IV. Vencido el período de prueba, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, la Comisión elevará un informe final ante el Concejo Municipal que, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, emitirá Resolución declarando procedente o improcedente la denunciaron el voto afirmativo del cincuenta más uno de sus miembros del pleno, definiendo fundamentalmente las causas y el tiempo de suspensión temporal. En caso de improcedencia, se archivará los obrados” (las negrillas nos corresponden).