DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

incompatibilidad de todo el artículo 45 del proyecto de Carta Orgánica Municipal,

En este entendido, conforme señala la jurisprudencia constitucional, no corresponde a la norma institucional básica establecer un mandato para la jurisdicción ordinaria, como el de la posesión de las autoridades municipales, al no ser materia de su competencia; por lo que no le corresponde determinar atribuciones para el Órgano Jurisdiccional como la ya señalada; sin embargo, la disposición en análisis, establece que la posesión de las Concejalas y Concejales será ante la autoridad de la jurisdicción ordinaria más cercana, estableciendo un mandato para el Órgano Jurisdiccional y creando una atribución que no fue establecida por mandato constitucional, tampoco por una ley del nivel central, aspecto que contradice los preceptos constitucionales citados en el entendimiento jurisprudencial señalado, motivo por el cual corresponde declarar la incompatibilidad de todo el artículo 45 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, debiendo ser adecuada dicha disposición conforme a los argumentos referidos.